Desde comienzos del año 2020, nos hemos sumergido en una situación insólita y totalmente imprevista que hizo que nuestro mundo como conocíamos se detuviera.

Como consecuencia a la pandemia muchas empresas se han visto perjudicadas y no han tenido mas remedio que volver a restructurar su forma de trabajar, algunas le han supuesto un sacrificio enorme puesto que son mas conservadoras y les ha supuesto una inversión extra, además que ciertas actividades laborales necesitaban de su presencialidad en sus puestos de trabajo, pero poco a poco el teletrabajo fue tomando forma por lo que las empresas no dudaron en implantarlo completamente.

Para muchos países el teletrabajo siempre estuvo, pero en España ha sido algo novedoso como vía de trabajo

Pero,

¿Qué es el teletrabajo?

El teletrabajo consiste en aquella actividad laboral remunerada que se desarrolla fuera del lugar habitual de trabajo mediante el uso de los medios y tecnologías necesarias para desarrollarlas correctamente.

¿Con que herramientas contamos para desempeñarlo?

Las TICS son necesarias para poder llevarse a cabo el trabajo a distancia, por lo que las empresas podrán contar con una serie de herramientas para facilitarles sus labores diarias.

Entre las que podemos destacar las siguientes:

  • Trello: es una herramienta que facilita el trabajo colaborativo de forma sencilla rápida y visual para organizar toda clase de proyectos.
  • Google Meet: es una plataforma para realizar de forma notables videoconferencias en directo.
  • WeTransfer: plataforma que permite enviar archivos de manera rápida sencilla sobre todo para aquellos documentos pesados que no puedan remitirse por correo electrónico.
  • Focusmate: herramienta para conectar a compañeros de trabajo para la realización de un determinado proyecto.
  • Typeform: herramienta líder en cuanto a encuestas se refiere, con esta plataforma podremos medir y controlar el clima laboral de nuestros empleados.

¿Qué beneficios y desventajas supone para nuestros trabajadores?

Desde otra perspectiva se podría decir que aparentemente el teletrabajo conlleva un sinfín de aspectos positivos para los trabajadores, pero a la larga puede derivar problemas físicos y mentales.

Bien es cierto que el trabajador podrá contar y llevar su propio control de trabajo de manera que le permitirá una mayor flexibilidad horaria y por ende una mayor conciliación entre su vida personal, familiar y profesional, una considerada disminución del estrés, reducción de gastos evitando comidas fuera de casa, transporte etc.;

Para las empresas reducción de coste al minimizar el espacio y una mayor productividad en las interacciones superfluas entre sus empleados, reducción del absentismo laboral, hacer un eficiente uso de las tecnologías, reducción gastos de alquiler etc.

En cuanto a las desventajas, hemos indicado anteriormente que puede afectar a la salud física y mental del trabajador, por lo que los riesgos más comunes son: Adicción al trabajo, sensación de aislamiento, cefalea, agotamiento, depresión/ansiedad, trastornos del sueño, dolores musculares, riesgos provenientes del uso de TICS etc.

¿Qué ley regula el trabajo a distancia?

Con todo lo ocurrido por el COVID-19, despertó las alarmas en todos los gobiernos del mundo, España no fue la excepción. Anteriormente a la pandemia no había una regulación que protegiera al trabajador o a la propia empresa.

En el mes de julio de este mismo año, entró en vigor la Ley 10/2021 que regula el trabajo a distancia anteriormente no existía una regulación como tal para esta modalidad y debido a la situación sanitaria, el gobierno se vio obligado a sacar el tema a debate y buscar una solución para todos, puesto que no había como un sostén donde el empresario pueda dirigir o el trabajador saber sobre sus derechos en este nuevo ámbito. En el Texto Refundido del Estatuto de los trabajadores mas concretamente en el articulo 13 hace referencia a dicha ley.

En Cierta manera el aspecto positivo que podemos sacar de todo lo ocurrido en cuanto a legislación se refiere, es que gracias a la pandemia se ha implantado esta ley en esta nueva forma de trabajo para que cada vez más las empresas puedan ir incorporando esta modalidad a sus actividades laborales.

¿ Puede un trabajador solicitar trabajo a distancia para conciliar su vida familiar y laboral?

El teletrabajo es voluntario tanto para la empresa como para el propio trabajador, pero es cierto que existe una excepción que es la posibilidad de solicitarlo al amparo del articulo 34 del Texto Refundido del Estatuto de los trabajadores.

¿ Que ventajas tiene respecto a la reducción de jornada por cuidado de hijo?

El trabajador tiene la posibilidad de solicitar a la empresa una adaptación de la jornada, sin necesidad de reducirla.

¿Cuál es el procedimiento para solicitarlo?

  • Primero deberá solicitarlo por escrito
  • Segundo inicio del proceso de negociación
  • Tercero, respuesta de la empresa
  • En caso negativo, deberá concretarse los motivos de dicha denegación

¿Y si no se alcanza un acuerdo o la empresa no contesta?

A falta de acuerdo, existe un procedimiento recogido en el articulo 139 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción social, donde el trabajador dispone de un plazo de veinte días para presentar demanda.